La salud laboral se construye en un medio ambiente de trabajo adecuado, con condiciones de trabajo justas, donde los trabajadores y trabajadoras puedan desarrollar una actividad con dignidad y donde sea posible su participación para la mejora de las condiciones de salud y seguridad. |
|
Se puede evitar que el trabajo dañe a la salud, y es obligación empresarial hacerlo así: los mal llamados “accidentes” y las enfermedades laborales son evitables si se adopta una adecuada prevención.
La normativa de prevención establece derechos de los trabajadores/as, la obligación empresarial de organizar y realizar actividades preventivas (y comprobar su eficacia) y responsabilidades públicas de promoción, control y sanción.
También establece la participación de los trabajadores en todos aquellos aspectos que atañen a su salud y seguridad en el trabajo, y una figura para su representación autónoma: los y las delegado/as de prevención.
Para ejercer su función, los delegados y delegadas de prevención han de conocer sus derechos y además, necesitan contar con herramientas que faciliten su labor.
La labor de los delegados y delegadas de prevención consiste principalmente en representar a los y las trabajadores, actuando en los siguientes ámbitos:
- controlar la efectividad de la actividad preventiva que desarrolla el empresario en su centro de trabajo y su empresa;
- presentar propuestas de corrección y mejora de las condiciones de trabajo, fundamentadas tanto en el conocimiento técnico como en las reivindicaciones compartidas de los compañeros y compañeras;
- pedir apoyo al servicio de prevención, al sindicato y, en su caso, valorar si es necesario presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo (o incluso, ver si es necesario interrumpir el trabajo por riesgo grave o inminente para la salud y seguridad).
El objetivo de estas páginas es proporcionar información y herramientas para promover la acción de los y las delegados/as, y así promover la acción preventiva en la empresa. Y facilitamos el acceso a materiales adicionales, propios y ajenos.
Los contenidos de esta sección son:
Marco Normativo | |
Se presentan herramientas para conocer el marco normativo de la prevención: acceso a textos legales, presentación de las características más generales de la normativa española y aspectos legales de la participación de los trabajadores. |
|
Actividades preventivas | |
La prevención de riesgos laborales consiste en desarrollar una acción permanente de identificación, evaluación y control de los riesgos laborales. Para ello, las empresas se dotan de una estructura organizativa, con funciones y prácticas definidas, y procedimientos para la participación de los y las trabajadores/as. Esto no estaría completo sin un sistema para controlar los resultados de estas actividades. |
|
Delegados/as de prevención | |
Materiales para ayudar a delegado/as de prevención a controlar la efectividad de la actividad preventiva en su centro de trabajo y en su empresa y a presentar propuestas fundamentadas tanto en el conocimiento técnico como en las reivindicaciones compartidas de los compañeros y compañeras de trabajo. |
|
Peligros y riesgos laborales | |
El objetivo de esta sección es aportar información práctica y directamente utilizable sobre los riesgos laborales, para ayudar a evaluar los riesgos y a elegir las medidas preventivas destinadas a evitar o prevenir daños para la salud derivados del trabajo. |
|
Negociación colectiva y la salud laboral | |
Favorecer la difusión de buenas prácticas en la negociación colectiva en salud laboral es una buena manera de promoverla. En estas páginas se reunen recursos útiles para negociadores. |
|
Negociación institucional en salud laboral | |
Desde la promulgación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en los niveles autonómicos, se ha venido produciendo una intensa actividad negociadora que ha producido acuerdos tripartitos que desarrollan y complementan el propio marco normativo español. |
|
Trabajos, trabajadores y colectivos | |
Con estas páginas pretendemos ayudar a poner de manifiesto el reparto desigual del riesgo, muchas veces obviado, para que se tome en cuenta en las evaluaciones de riesgos y en los planes de prevención. |
|
Daños a la salud | |
Se considera que son "daños derivados del trabajo" las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. ¿Cuáles son? ¿Cómo se identifican? ¿cómo actuar? ¿qué dice la Ley? |
|
Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales S.S. | |
Una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS) es una entidad colaboradora de la Seguridad Social, que funciona bajo la tutela y vigilancia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Su función principal es gestionar las llamadas contingencias profesionales: los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. |
|
Informes, datos y estadísticas en salud laboral | |
En esta página se reunen fuentes y recursos para facilitar el seguimiento de la situación de la prevención de riesgos laborales, de la siniestralidad, de las políticas, los sistemas de control establecidos, estudios de efectividad de medidas, situación de colectivos específicos, etc. |
|
|
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario